Cápsula climática: ¿Por qué en la COP27 se habló de pérdidas y daños?

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El concepto de Pérdidas y Daños se refiere al mecanismo a través del cual los países desarrollados apoyan a los países en desarrollo a enfrentar los efectos adversos y los riesgos del cambio climático, lo cual es parte de las negociaciones internacionales que se da en la Convención Mundial de las Naciones Unidas para el Cambio Climático (CMNUCC) y el Acuerdo de Paris[1]. Esto se debe a que los países en desarrollo son los más vulnerables al cambio climático, puesto que sus territorios presentan riesgos por eventos extremos y otros fenómenos de evolución lenta, y sus capacidades para enfrentarlos y adaptarse a nuevas condiciones son limitadas.

Algunos de estos eventos climáticos extremos (inundaciones, incendios, marejadas, sequía) pueden resultar en pérdidas irreparables, como la desaparición de una zona costera, disminución de la disponibilidad de agua dulce, pérdida de vidas, infraestructuras, de bienes materiales o inmateriales, o cosechas agrícolas, lo que podría provocar una crisis alimentaria para la población local, nacional o mundial[2].

Esta negociación por Pérdidas y Daños se da pues la responsabilidad de los países en desarrollo, respecto a las emisiones de gases de efecto invernadero por las actividades humanas (antrópicas) que contribuyen al cambio climático, es pequeña en comparación a los efectos que sufren. Por tanto, en base al principio de justicia en la distribución de cargas y beneficios, los acuerdos internacionales buscan que los países más ricos (que emiten más gases de efecto invernadero) contribuyan con recursos financieros y asesoría para que los países en desarrollo puedan hacer frente a esas pérdidas y a los daños relacionados al cambio climático.

El estado de las negociaciones sobre Pérdidas y Daños corresponde a lo establecido en el Artículo 8vo del Acuerdo de Paris[3], donde se reconoce la importancia de evitar, reducir y hacer frente a las pérdidas y daños relacionados con el cambio climático. En el mismo artículo, se reafirma el Mecanismo de Varsovia[4] y el llamado a la colaboración y cooperación internacional.

La Ministra del Medio Ambiente de Chile, Maisa Rojas, cofacilitó, junto a Alemania, las conversaciones en esta materia durante la COP 27, desarrollada en Egipto entre el 6 y el 18 de noviembre de 2022, dentro del marco de Santiago Network Loss and Damages (SNLD), creado en la COP25 (decisión 2/CMA.1, párrafo 43 a 45). En esta instancia se buscó definir la gobernanza del mecanismo de pérdidas y daños, dar visibilidad y realce al rol y necesidades del continente africano, llegar a acuerdos en torno a la regulación de los seguros por pérdidas y daños, y crear un fondo de financiamiento.

Tras las negociaciones se logró la creación de un fondo de financiamiento específico para responder a Pérdidas y Daños. Dado que con la creación del fondo recién se inicia la discusión sobre los detalles del funcionamiento, el que Chile pudiera ser beneficiario dependerá de los montos de financiamiento destinado para este fin, y la priorización de las pérdidas y daños que será cubierta por el mismo. Además, se lograron acuerdo de puesta en marcha de la Red de Santiago, Santiago Network Loss and Damages (SNLD), para la asesoría técnica en relación a Pérdidas y Daños.

Notas

[1] Para más detalle ver la definición del glosario del IPCC en: https://unfccc.int/resource/docs/2012/sbi/eng/inf14.pdf p. 3.

[2] Warner, Koko, van der Geest, Kees, Kreft, Sönke, Huq, Saleemul, Harmeling, Sven, Koen Kusters and Alex de Sherbinin. (2012). Evidence from the frontlines of climate change: Loss and damage to communities despite coping and adaptation. Loss and Damage in Vulnerable Countries Initiative. Policy Report. Report No. 9. Bonn: United Nations University Institute for Environment and Human Security (UNU-EHS). http://ciesin.columbia.edu/binaries/web/global/news/2013/cdkn-report.pdf

[3] Artículo 8. 1. Las Partes reconocen la importancia de evitar, reducir al mínimo y afrontar las pérdidas y los daños relacionados con los efectos adversos del cambio climático, incluidos los fenómenos meteorológicos extremos y los fenómenos de evolución lenta, y la contribución del desarrollo sostenible a la reducción del riesgo de pérdidas y daños. 2. El Mecanismo Internacional de Varsovia para las Pérdidas y los Daños relacionados con las Repercusiones del Cambio Climático estará sujeto a la autoridad y la orientación de la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las partes en el presente Acuerdo, y podrá mejorarse y fortalecerse según lo que ésta determine. 3. Las Partes deberían reforzar la comprensión, las medidas y el apoyo, de manera cooperativa y facilitativa, entre otras cosas a través del Mecanismo Internacional de Varsovia, cuando corresponda, con respecto a las pérdidas y los daños relacionados con los efectos adversos del cambio climático. 4. Por consiguiente, las esferas en las que se debería actuar de manera cooperativa y facilitativa para mejorar la comprensión, las medidas y el apoyo podrán incluir: a) Los sistemas de alerta temprana; b) La preparación para situaciones de emergencia; c) Los fenómenos de evolución lenta; d) Los fenómenos que puedan producir pérdidas y daños permanentes e irreversibles; e) La evaluación y gestión integral del riesgo; f) Los servicios de seguros de riesgos, la mancomunación del riesgo climático y otras soluciones en el ámbito de los seguros; g) Las pérdidas no económicas, y h) La resiliencia de las comunidades, los medios de vida y los ecosistemas. 5. El Mecanismo Internacional de Varsovia colaborará con los órganos y grupos de expertos ya existentes en el marco del Acuerdo, así como con las organizaciones y los órganos de expertos competentes que operen al margen de éste.

[4] El Mecanismo Internacional de Varsovia para pérdidas y daños es un acuerdo para mejorar el conocimiento y la comprensión de los riesgos, coordinar acciones e intensificar las medidas para hacer frente a las pérdidas y daños con financiamiento, tecnología y fomento de las capacidades locales. Biblioteca del Congreso Nacional (BCN), Serie Minutas Nº 97-21, 29/10/2021. “Las pérdidas y daños por efecto del cambio climático y el Mecanismo Internacional de Varsovia”. Disponible en: https://obtienearchivo.bcn.cl/obtienearchivo?id=repositorio/10221/32664/1/N_97_21_Perdidas_y_danos_asociados_al_cambio_climatico.pdf